Desde enero del 2018 la Ley 25.080 de Promoción Forestal tiene beneficios fiscales y subsidio de la plantación. Ademas de las labores culturales como poda (hasta 3 podas), raleo, manejo de rebrotes.

La plantación debe tener tener un turno de corta de hasta 8 a 10 años para poder acceder a los beneficios. Todos estos beneficios están detallados en la  “ley 25080″, para lo cual hay que inscribirme”.

El productor debe presentar los Anexos I (por única vez) y el Anexon III que indica la intención de plantación, este último lo debe presentar el mismo año que realiza la plantación. Ambos anexos deben ir por tiplicado, y la firma en el sector “CERTIFICACIÓN” debe de ser de un técnico de sede central, que una vez recibido le otorga número de plan y le envía vía mail al productor una copia de la constancia de recepción.

Luego de un año de realizada la plantación, debe presentar la carpeta completa y el Anexo IV , que es el pedido de inspección de la plantación. Con respecto a la carpeta completa es importante que antes de plantar y querer acceder a los beneficios de la Ley 25.080, se tenga el cuenta la documentación que se necesita presentar (la escritura, papeles de irrigacion, informe de inhibición, etc), adjunto el listado de documentación que se debe tener en cuanta en la carpeta completa.

Todas las presentaciones se deben realizar en las Delegación de la DACC de la provincia.

Requisitos para Inscribirme, haga CLICK AQUÍ

Anexo I – Solicitud de inscripción para el Registro de Titulares de emprendimientos forestales o forestoindustriales, haga CLICK AQUÍ

Anexo III – Solicitud de inscripción para el Registro de emprendimientos forestales o forestoindustriales (para productores individuales), haga CLICK AQUÍ

Anexo  IV – Certificación de Obra, haga CLICK AQUÍ


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